CintilloMayo2022                                                                                                    

El ministro Ildemaro Villarroel Presentan Proyecto Constitucional del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la GMVV

El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, Ildemaro Villaroel, presentó el Proyecto Constitucional del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV) a comisiones de constituyentes, Misiones y Grandes Misiones. 

El acto de presentación de este proyecto se realizó este lunes en la Cancillería de la República Bolivariana de Venezuela y tiene como objetivo continuar brindando bienestar social a los venezolanos durante la Pandemia por COVID-19 y en tiempos post-pandemia.

La información fue publicada por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda en su cuenta en la red social Twitter.

Cabe destacar que existe el Decreto N° 2.502, mediante el cual se instrumentan los procedimientos que permiten realizar en forma adecuada y expedita la elaboración, inscripción registral o protocolización de los documentos donde conste la constitución, modificación, extinción o transmisión de derechos sobre los terrenos y las viviendas construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV) y demás programas, planes o proyectos del Estado, que tengan como objetivo la satisfacción del derecho constitucional a la vivienda y a la propiedad, previsto en el Artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Además también está el Decreto N° 8.143 de fecha 6 de abril de 2011, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.021 Extraordinario de fecha 6 de abril de 2011.  Este decreto establece lo siguiente:

Decreto N° 8.143        06 de abril de 2011

HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la República, basado en principios humanistas, sustentado en los principios morales y éticos bolivarianos que persiguen el progreso de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confieren el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en concordancia con el artículo 1, numeral 3 de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, y con fundamento en lo dispuesto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, en Consejo de Ministros.

DICTA

El siguiente,

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD DE LAS VIVIENDAS DE LA GRAN MISIÓN VIVIENDA VENEZUELA

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Artículo 1. El objeto de la presente normativa es desarrollar el régimen de los bienes, derechos y obligaciones relacionados con las previsiones del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia de Terrenos y Vivienda, enclavado en el ámbito de la Gran Misión Vivienda Venezuela.

Ámbito de aplicación

Artículo 2. Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, regula el régimen de propiedad sobre las viviendas, terrenos y demás bienes, así como la regulación de otros derechos y obligaciones, en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, todo lo cual constituye un sistema integral y distinto al contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal y en la Ley de Venta de Parcelas. En consecuencia, las disposiciones de esas leyes no se aplicarán a lo regulado en este Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley, ni las de éste a los asuntos regulados por aquellas.

Inmobiliaria Nacional, S.A. Av. Orinoco con Calle Perijá, Edificio El Portal, Urbanización Las Mercedes,
Municipio Baruta, Estado Miranda, Venezuela

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